El 1 de julio de 2018 se prohibirĂĄ la entrega de bolsas de plĂĄstico de forma gratuita. El 1 de enero de 2021, no podrĂĄn darse ni cobrando

Los residuos generados por el consumo de plĂĄstico son un problema que afecta a todos los rincones del planeta y que no hace mĂĄs que ir en aumento. SegĂșn datos de Greenpeace, la producciĂłn de plĂĄsticos se acercarĂĄ en 2020 a los 500 millones de toneladas. Actualmente, 12 millones de toneladas de basura llegan a los mares y ocĂ©anos cada año.

La reducción del consumo de plåstico estå en la agenda española y el Consejo de Ministros ha aprobado recientemente un Real Decreto que prohíbe suministrar bolsas de plåstico gratuitas a partir del 1 de julio de 2018. Desde esta fecha, los establecimientos deben cobrar por ellas para reducir su uso.

SegĂșn el Ministerio de Agricultura y Pesca, AlimentaciĂłn y Medio Ambiente, cada español consume 144 bolsas de plĂĄstico anuales y el 90% de ellas son de un solo uso.

La normativa ha sido aprobada para adaptarse a la directiva europea, que tiene como objetivo Ășltimo eliminar las bolsas de plĂĄstico para el 2021. Esta directiva de la UniĂłn Europea fue aprobada en 2015 y gira en torno a las bolsas ligeras, de menos de 50 micras (0,05 milĂ­metros), que suelen ser las bolsas de un solo uso y que generan mĂĄs residuos.

El Real Decreto llega con meses de retraso, puesto que la medida debĂ­a haber entrado en vigor el 1 de marzo de 2018 pero la compleja tramitaciĂłn ha hecho que finalmente sea julio el mes en el que se empiece a cobrar por las bolsas.

Fechas clave de la prohibiciĂłn de las bolsas de plĂĄstico

1 de julio 2018: Se prohíbe la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plåstico en los puntos de venta de bienes o productos, a excepción de las bolsas de plåstico muy ligeras y de las bolsas de plåstico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plåstico reciclado.

1 de enero 2020: Se prohíben definitivamente las bolsas de plåstico ligeras que no sean compostables y las bolsas de plåstico fragmentable.

El cobro y prohibición no se aplica a las bolsas de plåstico muy ligeras, que sí deberån ser compostables a partir de esta fecha. Así mismo, las bolsas con espesor igual o mayor a 50 micras deberån contener un porcentaje mínimo de plåstico reciclado del 30%.

1 de enero de 2021: Se prohíbe la entrega de bolsas de plåstico ligeras y muy ligeras, excepto si son de plåstico compostable.

Precios de las bolsas de plĂĄstico

El Gobierno no fija el precio, pero el decreto contiene un anexo con precios orientativos. En general, para las bolsas de menos 15 micras (bolsas muy ligeras) se propone un precio de 5 céntimos y para las de grosor superior hasta 50 micras (bolsas ligeras), un precio de 15 céntimos por unidad.

SegĂșn explica la ConfederaciĂłn Española del Comercio, quedan exentas del cobro las que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel, como fruta, legumbre, carne, pescado, cuando su uso contribuye a prevenir el desperdicio de estos alimentos.

La directiva europea deja libertad a los países para fijar las medidas que consideren mås adecuadas para lograr los objetivos. Aunque el Real Decreto haya optado por establecer un precio mínimo, la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) consideraba mejor aprobar un impuesto especial para gravar las bolsas.

Quién debe cumplirlo y qué pasa si no lo hace

La normativa afecta tanto a las bolsas de puntos de venta de bienes o productos como a las que puedan utilizarse en la venta online, y entregas a domicilio.

No estarĂ­an incluidas las bolsas de basura, ya que no se consideran bolsas de plĂĄstico ni envase. Tampoco estĂĄn incluidos los sobres de plĂĄstico empleados para las ventas a distancia.

El Real Decreto establece un régimen sancionador que impondrå multas en función a lo dispuesto en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Ley de residuos y suelos.

Otras alternativas

El Real Decreto subraya que el objetivo es reducir el consumo de bolsas de plĂĄstico ligeras. Por lo tanto «la utilizaciĂłn de bolsas de plĂĄstico compostables es una de las posibles alternativas, pero no es la Ășnica». Los comerciantes pueden hacer uso de cualquier otra soluciĂłn siempre que no genere mĂĄs residuos de plĂĄstico.

De hecho en España, algunos establecimientos que se estån adelantando a la normativa europea, ya han empezado a eliminar las bolsas de plåstico de sus locales y a ofrecer bolsas de papel, en el caso de Mercadona, o de rafia en los supermercados de Lidl.

Los residuos generados por el consumo de plĂĄstico son un problema que afecta a todos los rincones del planeta y que no hace mĂĄs que ir en aumento. SegĂșn datos de Greenpeace, la producciĂłn de plĂĄsticos se acercarĂĄ en 2020 a los 500 millones de toneladas. Actualmente, 12 millones de toneladas de basura llegan a los mares y ocĂ©anos cada año. 

La reducción del consumo de plåstico estå en la agenda española y el Consejo de Ministros ha aprobado recientemente un Real Decreto que prohíbe suministrar bolsas de plåstico gratuitas a partir del 1 de julio de 2018. Desde esta fecha, los establecimientos deben cobrar por ellas para reducir su uso. 

SegĂșn el Ministerio de Agricultura y Pesca, AlimentaciĂłn y Medio Ambiente, cada español consume 144 bolsas de plĂĄstico anuales y el 90% de ellas son de un solo uso. 

La normativa ha sido aprobada para adaptarse a la directiva europea, que tiene como objetivo Ășltimo eliminar las bolsas de plĂĄstico para el 2021. Esta directiva de la UniĂłn Europea fue aprobada en 2015 y gira en torno a las bolsas ligeras, de menos de 50 micras (0,05 milĂ­metros), que suelen ser las bolsas de un solo uso y que generan mĂĄs residuos.

El Real Decreto llega con meses de retraso, puesto que la medida debía haber entrado en vigor el 1 de marzo de 2018 pero la compleja tramitación ha hecho que finalmente sea julio el mes en el que se empiece a cobrar por las bolsas. 

Fechas clave de la prohibiciĂłn de las bolsas de plĂĄstico

1 de julio 2018: Se prohíbe la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plåstico en los puntos de venta de bienes o productos, a excepción de las bolsas de plåstico muy ligeras y de las bolsas de plåstico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plåstico reciclado. 

1 de enero 2020: Se prohíben definitivamente las bolsas de plåstico ligeras que no sean compostables y las bolsas de plåstico fragmentable.

El cobro y prohibición no se aplica a las bolsas de plåstico muy ligeras, que sí deberån ser compostables a partir de esta fecha. Así mismo, las bolsas con espesor igual o mayor a 50 micras deberån contener un porcentaje mínimo de plåstico reciclado del 30%. 

1 de enero de 2021: Se prohíbe la entrega de bolsas de plåstico ligeras y muy ligeras, excepto si son de plåstico compostable. 

Precios de las bolsas de plĂĄstico

El Gobierno no fija el precio, pero el decreto contiene un anexo con precios orientativos. En general, para las bolsas de menos 15 micras (bolsas muy ligeras) se propone un precio de 5 céntimos y para las de grosor superior hasta 50 micras (bolsas ligeras), un precio de 15 céntimos por unidad.

SegĂșn explica la ConfederaciĂłn Española del Comercio, quedan exentas del cobro las que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel, como fruta, legumbre, carne, pescado, cuando su uso contribuye a prevenir el desperdicio de estos alimentos.

La directiva europea deja libertad a los países para fijar las medidas que consideren mås adecuadas para lograr los objetivos. Aunque el Real Decreto haya optado por establecer un precio mínimo, la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) consideraba mejor aprobar un impuesto especial para gravar las bolsas. 

Quién debe cumplirlo y qué pasa si no lo hace

La normativa afecta tanto a las bolsas de puntos de venta de bienes o productos como a las que puedan utilizarse en la venta online, y entregas a domicilio.

No estarĂ­an incluidas las bolsas de basura, ya que no se consideran bolsas de plĂĄstico ni envase. Tampoco estĂĄn incluidos los sobres de plĂĄstico empleados para las ventas a distancia.

El Real Decreto establece un régimen sancionador que impondrå multas en función a lo dispuesto en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Ley de residuos y suelos.

Otras alternativas

El Real Decreto subraya que el objetivo es reducir el consumo de bolsas de plĂĄstico ligeras. Por lo tanto «la utilizaciĂłn de bolsas de plĂĄstico compostables es una de las posibles alternativas, pero no es la Ășnica». Los comerciantes pueden hacer uso de cualquier otra soluciĂłn siempre que no genere mĂĄs residuos de plĂĄstico.  

De hecho en España, algunos establecimientos que se estån adelantando a la normativa europea, ya han empezado a eliminar las bolsas de plåstico de sus locales y a ofrecer bolsas de papel, en el caso de Mercadona, o de rafia en los supermercados de Lidl. 

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